martes, 30 de octubre de 2012

Los herederos




"¿Quiénes son herederos?¿ quienes heredan si no hay testamento?
Para saber qué personas van a suceder a otra fallecida, deben distinguirse dos situaciones:

 1.  Si el fallecido ha hecho testamento, serán herederos:
  • Los herederos voluntarios: Son aquellos que figuran como tales en el testamento y suceden al testador en la titularidad de los bienes y derechos que componen su patrimonio.
  • Los herederos forzosos: Son aquellos a los que la ley reconoce el derecho a heredar, al menos, un tercio del patrimonio del fallecido, llamado legítima. Son herederos forzosos, en primer lugar, los hijos (tanto naturales como por adopción, matrimoniales y no matrimoniales) y descendientes y, en su defecto, los padres y ascendientes. Por su parte, el viudo / a heredará en la forma que se establece legalmente.
Si no existen herederos forzosos, los voluntarios pueden adquirir la totalidad de la herencia.

 2. Si el fallecido no ha hecho testamento, se abrirá la sucesión legal, también llamada intestada. En defecto de testamento, la ley determina quiénes son los herederos del fallecido. El orden de estos será: 1.Descendientes, 2.ascendientes, 3.conyuge, 4.los colaterales, 5.parentescos hasta cuarto grado (primos) si no se da ninguno de estos casos sera para el 6.Estado, siempre a beneficio de inventario.

¿Quiénes pueden suceder por testamento?
En principio, pueden heredar por testamento aquellas personas tanto físicas como jurídicas que no se encuentren incapacitadas por ley (como las asociaciones ilegales o los nacidos que no superen las 24 horas de vida).
También pueden heredar los menores o incapaces, actuando en su representación sus padres, tutores o defensores judiciales e incluso los que aún no han, cuando la viuda esté embarazada. En estos casos, la división de la herencia se suspenderá hasta que se produzca el nacimiento.
Los testamentos pueden contener también una serie de disposiciones especiales como las siguientes: Paraobras piadosas o en “beneficio del alma del difunto ” o para los pobres en general.

Para evitar fraudes, la ley no da validez a las disposiciones testamentarias realizadas por el testador:
  • Durante su última enfermedad a favor del sacerdote que le hubiese asistido, parientes de cuarto grado (primos), iglesia, comunidad…
  • A favor del tutor realizada antes de aprobarse la rendición de cuentas.
  • A favor del Notario que autorice su testamento. 
  •  A favor de un incapaz."

Fuentes de iabogados.com

miércoles, 24 de octubre de 2012

Paris Hilton





Paris Hilton de 25 años,  es la más polémica millonaria del momento y ademas heredera dela cadena de hoteles Hilton.  ha actuado en cine y ahora tambien se dedica al mundo de la musica. Esta estravagante mujer es el claro ejemplo de como una gran ascendencia te cambia la vida y puedes otorgarte unos lujos que la mayoria de gente no podria...


lunes, 15 de octubre de 2012

La Desheredación



Desheredar es una práctica muy infrecuente, aunque recogida en nuestro derecho civil en casos extremos. La desheredación consiste en privar de la legitima a un heredero forzoso. Esto solamente puede hacerse por testamento y basándose en alguna de las causas legalmente establecidas.
Si la desheredación se realiza y no se expresa su causa, no se prueba la misma o es distinta de las que se establecen legalmente, puede ser anulada por los tribunales.
el testador no puede desheredar sin más a su capricho; sólo puede hacerlo si concurre alguna de las siguientes causas genéricas de desheredación:


·         Los padres no pueden heredar a sus hijos si los han abandonado, corrompido o prostituido.
·         Tampoco puede suceder el que ha sido condenado en juicio por atentar contra la vida del testador, de su cónyuge, descendientes o ascendientes, incluso aunque tenga la condición de heredero forzoso
·         El que hubiese acusado al testador de cometer un delito que pueda ser castigado con la pena de prisión grave  si la acusación se declara calumniosa. 
·         El heredero mayor de edad, que sepa que el testador ha fallecido de forma violenta y no comunique su muerte a la justicia, salvo en los casos en los que ya se estuviese investigando. 
·         El que con amenaza, fraude o violencia obligue o impida al testador a hacer testamento, modificarlo u oculte maliciosamente el que se haya realizado.
 


¿Qué efectos tiene la desheredación?

Fundamentalmente el heredero que ha sido desheredado queda privado de toda participación en la herencia.
Otra cosa que debemos de tener en cuenta, es que cuando se deshereda a un descendiente con, este no recibe la herencia, pero si tuviera hijos, estos conservan su derecho respecto a la parte legítima de la herencia a la que deja de tener efecto el desheredado.
Si, con posterioridad, el testador y el desheredado se reconcilian, la desheredación quedará sin efecto.

viernes, 12 de octubre de 2012

Usufructo

"Un concepto jurídico que muchas veces tiene relación con herencias, y por tanto es de índole económica, es el usufructo.

El usufructo, dicho de una forma sencilla, es el derecho a disfrutar de una propiedad ajena. Es decir, es usufructuario podrá utilizar esta propiedad aunque no es el dueño. Es un concepto jurídico, es decir, legalmente puede hacerlo.

El usufructo finzaliza, entre otras causas, cuando:
  • Fallece el usufructuario.
  • Se cumple la condición de la que se hizo depender el usufructo.
  • El usufructuario adquiere la propiedad.
  • Se renuncia al usufructo.
  • La cosa sobre la que recae el usufructo se pierde.
  • Cuando no se utiliza el bien, durante 6 años si se trata de un bien mueble, o durante 30 años si se trata de un bien inmueble.
Al término del usufructo, el usufructuario está obligado a devolver el bien sobre el que recayó."

informacion extraida de iabogados.com y de elblogsalmon.com

miércoles, 10 de octubre de 2012

Herencias insolitas





“Recientemente  una  señora  de  60  años,  ante  un  notario  de  Canarias,  ha  dejado  toda  su  herencia  valorada  en  9 millones  de  euros  , reepartiendo  en  tres  partes  iguales.  Tres  millones  de  euros  a  la  conservación  del  Lince  Ibérico  en  Doñana;  otros  tres  a  la Asociación para  la  defensa  del  Borrico  de  Rute  y  otros  tres  a  la  Aociación  Nacional  Amigos  de  los  Animales. 

Según  la  legislación  española  no  se  puede  dejar  una  herencia  a  un animal, sólo  a  una  persona  física  o  jurídica.  Muchos  son  los  que  se  preguntan,  con la  crisis  que  padecemos,  ¿  es  lícito  y  solidario  realizar  este  tipo  de  testamentos ?. En  otros  paises  si  puede  dejarse  a  un animal.  La  multimillonaria  Leona  Helmsley  dejó  nada  menos  que  doce  millones  de  euros  a  su  perro, Trouble,  olvidándose  de  sus  nietos.”

Otro caso curioso es el que realizo el aristócrata portugués Luis Carlos de Noronha Cabral de Camara que dividió su herencia al azar ayudándose con un listin telefónico de todo Lisboa y eligiendo nombres al azar.

Estos son solo algunos de los muchos casos rocambolescos que habrá en todo el mundo, anteponer tu herencia a tu animal de compañía antes que a una persona es bastante inmoral bajo mi punto de vista. Y en tiempos de crisis como en los que estamos hoy en dia, a mas de uno no le sentaría nada bien ver una parte de los bienes cedidos hacia la mascota de la familia.