Desheredar es una práctica muy infrecuente, aunque recogida en nuestro derecho civil en casos extremos. La desheredación consiste en privar de la legitima a un heredero forzoso. Esto solamente puede hacerse por testamento y basándose en alguna de las causas legalmente establecidas.
Si la desheredación se realiza y no se expresa su causa, no se prueba la misma o es distinta de las que se establecen legalmente, puede ser anulada por los tribunales.
el testador
no puede desheredar sin más a su capricho; sólo puede hacerlo si concurre
alguna de las siguientes causas
genéricas de desheredación:
·
Los padres
no pueden heredar a sus hijos si los han abandonado, corrompido o prostituido.
·
Tampoco
puede suceder el que ha sido condenado en juicio por atentar contra la vida del
testador, de su cónyuge, descendientes o ascendientes, incluso aunque tenga la
condición de heredero forzoso
·
El que
hubiese acusado al testador de cometer un delito que pueda ser castigado con la
pena de prisión grave si la acusación se
declara calumniosa.
·
El heredero
mayor de edad, que sepa que el testador ha fallecido de forma violenta y no
comunique su muerte a la justicia, salvo en los casos en los que ya se
estuviese investigando.
·
El que con amenaza, fraude o violencia obligue o
impida al testador a hacer testamento, modificarlo u oculte maliciosamente el
que se haya realizado.
¿Qué
efectos tiene la desheredación?
Otra cosa que debemos de tener en cuenta, es que cuando se deshereda a un descendiente con, este no recibe la herencia, pero si tuviera hijos, estos conservan su derecho respecto a la parte legítima de la herencia a la que deja de tener efecto el desheredado.
Si, con posterioridad, el testador y el desheredado se reconcilian, la desheredación quedará sin efecto.
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