lunes, 15 de octubre de 2012

La Desheredación



Desheredar es una práctica muy infrecuente, aunque recogida en nuestro derecho civil en casos extremos. La desheredación consiste en privar de la legitima a un heredero forzoso. Esto solamente puede hacerse por testamento y basándose en alguna de las causas legalmente establecidas.
Si la desheredación se realiza y no se expresa su causa, no se prueba la misma o es distinta de las que se establecen legalmente, puede ser anulada por los tribunales.
el testador no puede desheredar sin más a su capricho; sólo puede hacerlo si concurre alguna de las siguientes causas genéricas de desheredación:


·         Los padres no pueden heredar a sus hijos si los han abandonado, corrompido o prostituido.
·         Tampoco puede suceder el que ha sido condenado en juicio por atentar contra la vida del testador, de su cónyuge, descendientes o ascendientes, incluso aunque tenga la condición de heredero forzoso
·         El que hubiese acusado al testador de cometer un delito que pueda ser castigado con la pena de prisión grave  si la acusación se declara calumniosa. 
·         El heredero mayor de edad, que sepa que el testador ha fallecido de forma violenta y no comunique su muerte a la justicia, salvo en los casos en los que ya se estuviese investigando. 
·         El que con amenaza, fraude o violencia obligue o impida al testador a hacer testamento, modificarlo u oculte maliciosamente el que se haya realizado.
 


¿Qué efectos tiene la desheredación?

Fundamentalmente el heredero que ha sido desheredado queda privado de toda participación en la herencia.
Otra cosa que debemos de tener en cuenta, es que cuando se deshereda a un descendiente con, este no recibe la herencia, pero si tuviera hijos, estos conservan su derecho respecto a la parte legítima de la herencia a la que deja de tener efecto el desheredado.
Si, con posterioridad, el testador y el desheredado se reconcilian, la desheredación quedará sin efecto.

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